Lucía Colombato es autora del libro "El derecho humano a los patrimonios culturales. Avances, frenos y retos de su consolidación desde La Pampa" (EdUNLPam, 2016) y en este artículo se refiere al proyecto para la incorporación del “Ex Centro Clandestino de Detención y Tortura Seccional I de Santa Rosa” al Registro Provincial de Patrimonio Cultural.
El patrimonio cultural es un derecho humano de incidencia colectiva con raigambre en el artículo 41 de la Constitución Nacional. En la provincia de La Pampa, se encuentra protegido en el artículo 19 de la Constitución Provincial, y a través de la Ley 2.083. Como práctica social, el patrimonio constituye una construcción de sentido que se vincula a la reflexión sobre el pasado, a la memoria y el recuerdo, a partir de que se postula que los objetos culturales reciben y transmiten la herencia cultural de una generación a otra.
Pensar el patrimonio bajo el prisma de los derechos humanos es especialmente importante en sociedades que, como la nuestra, han atravesado procesos de violaciones masivas de derechos humanos, primero en relación con los pueblos originarios, luego, durante la última dictadura cívico-militar. En particular, es importante abordar cómo los procesos conmemorativos se traducen al campo patrimonial, mediante representaciones materiales o rituales alusivos que se expresan en el espacio público, y la responsabilidad de los diferentes actores (estatales y no estatales) en su producción.
En nuestro continente, la cuestión de la preservación de la memoria histórica ha influido en los procesos judiciales de reparación por las violaciones masivas de los derechos humanos, a partir de la tendencia marcada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que desde sus primeras sentencias se ha preocupado por la producción de medidas de reparación que actúen en el plano simbólico y de la memoria, construyendo una verdadera doctrina jurisprudencial en la materia . En los últimos años, este criterio se ha desarrollado en el sentido de ordenar medidas de satisfacción referidas a la conmemoración de las víctimas, incluyendo la denominación de distintos espacios públicos con el nombre de las víctimas o la erección de monumentos, a partir de la consideración de que estas contribuirán no sólo a su desagravio, sino a despertar la conciencia pública y otorgar garantías de no repetición.
Es así como poco a poco ganaron espacio y presencia lugares de memoria vinculados a la última dictadura militar, que integran ahora la lista de Monumentos Históricos Nacionales (Ley Nacional 12.665).
En 2004, por Decreto 848/04 se incorporó como bien de interés histórico al Archivo Nacional sobre la Desaparición de Personas, que se encuentra bajo la custodia del Archivo Nacional de la Memoria. En 2008 se incorporó como Monumento Histórico Nacional al Casino de Oficiales de la Ex Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), mientras que el resto del predio fue reconocido como lugar histórico por Decreto 1333/2008. Ese mismo año, mediante Decreto 2130 se declaró monumento histórico a la Iglesia de la Santa Cruz y lugar histórico al predio en que se encuentra ubicada.
Por su parte el Decreto 1762/2014 declaró como lugares históricos a los Ex Centros Clandestinos de Detención como Automotores Orletti, Club Atlético, Olimpo y Virrey Ceballos, a la vez que el decreto 1285 de ese mismo año incorporó al Parque de la Memoria, su Monumento de la Memoria, las esculturas emplazadas en su predio y a su centro de documentación y archivo digital.
En 2014, se incorporó al listado al Ex centro clandestino de detención “La Anguilera” de Tigre, a través del Decreto 1762/2014. Finalmente, en 2015, el Decreto 379 declaró como lugares históricos nacionales al Ex Centro Clandestino de Detención “D2” Archivo Provincial de la Memoria, lugar histórico, Córdoba, Decreto 379/2015 y Museo de la Memoria “Ex Comando del II Cuerpo de Ejército” de Santa Fé, a la Casa por la Memoria del Chaco, y a la Casa de la Memoria y la resistencia Jorge “Nono” Lizaso, ubicada en Florida, Provincia de Buenos Aires.
En el caso del bien cuya incorporación al Registro Provincial de Patrimonio Cultural se impulsa a través de un reciente proyecto de resolución impulsado por el Diputado Tindiglia del Bloque Nuevo Encuentro, funcionó como Centro Clandestino de Detención y Tortura, y así lo acreditan los testimonios brindados por las víctimas en el Juicio de la Subzona 14. Así ha calado en los sentidos de identidad y de pasado, de los y las pampeanas y así se ha transformado en un “lugar de memoria” (Nora, 2008), que es “habitado” cada 24 de Marzo con la presencia de la ciudadanía en la calle, expresando los estandartes de lucha que han caracterizado al movimiento por los derechos humanos: Memoria, Verdad, Justicia y Nunca más.
Consideramos que la identificación e incorporación de este bien en el Registro Provincial de Patrimonio Cultural, da cuenta de la relevancia de adoptar medidas de reparación que actúen en el plano simbólico y de la memoria, que operan como garantías de no repetición y contribuyan a conectar el patrimonio cultural con la sociedad que lo ha construido y le ha dado sentido día a día con su cotidianidad.
Enlace al libro: El Derecho Humano a los Patrimonios Culturales